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Noticia del 12 de julio de 2000
INCLUSIÓN DE LOS AUDIFONOS EN EL CATÁLOGO DE PRESTACIÓN ORTOPROTÉSICA El 12 de julio de 2000 entró en vigor la Orden Ministerial que incluye el audífono como prestación sanitaria del Sistema Nacional de Salud. Dicha Orden (publicada en el B.O.E el 11 de abril de 2000), incluye "ayudas para la audición" para pacientes hipoacúsicos, de 0 a 16 años de edad, afectados de hipoacusia bilateral neurosensorial, transmisiva o mixta, permanente, no susceptible de otros tratamientos, con una pérdida de audición superior a 40 dB en el mejor de los oídos. El procedimiento para la adquisición de la ayuda económica varia en las distintas Comunidades y, lamentablemente, todavía en algunas, o bien, se sigue trabajando en la actualización de su Catálogo Ortoprotésico, o en cualquier caso, no existe una aplicación y ejecución efectiva para la adquisición de esta prestación. No obstante, aconsejamos que los beneficiarios y/o las personas que vayan a tramitar la ayuda, acudan a las Direcciones Provinciales del Insalud o a los Servicios de Salud (dependiendo en la provincia donde residan) ya que allí les facilitarán las indicaciones precisas. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA SOLICITAR LA AYUDA
Nota: Tipo de IVA para los audífonos (Ley del IVA art. 91.2.1.4º y 5º) El tipo superreducido del 4% grava las entregas, de los siguientes bienes destinados a personas minusválidas: Prótesis y órtesis, coches de minusválidos, etc. Siempre que, a solicitud del interesado, la Administración haya reconocido previamente el derecho del adquiriente a aplicar el tipo superreducido. Son personas minusválidas las afectadas, como mínimo, por una disminución permanente, de carácter congénito o no, de su capacidad física, psíquica o sensorial del 33%, de acuerdo con el baremo establecido en la ley 26/1990 (disp. adic 2ª). |
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